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| 1. |
¿Cómo se puede adquirir
vivienda en Colombia? |
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[§ 001] Además de la utilización
de recursos propios (como ahorros, cesantías, etc.)
existen otras fuentes como son el crédito y los
subsidios.
Desde 1999, con la expedición de la Ley de Vivienda,
se creó en nuestro país un sistema especializado
de financiación de vivienda a largo plazo, con
una serie de particularidades frente a las líneas
tradicionales de crédito. Es precisamente el crédito
de vivienda en Colombia el tema central de la presente
cartilla. |
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| 2. |
¿Cuál es el marco legal de la financiación
de vivienda en Colombia? |
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| [§ 002] La Ley 546 del 23 de diciembre de
1999, es la ley marco de financiación de vivienda,
también conocida como Ley de Vivienda, por la cual
se pone a disposición de los usuarios de esta línea
de crédito un sistema de financiación especializado
(L. 546/99, art. 1°) (§
185) |
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| 3. |
¿Cuál es el objeto de la Ley de Vivienda? |
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| [§ 003] En dicha ley se
establecen, de una parte, los parámetros a los
que debe sujetarse la financiación de vivienda
individual a largo plazo en Colombia, para facilitar el
acceso a la vivienda y, de otra, las condiciones aplicables
a los créditos de vivienda existentes al momento
de su entrada en vigencia (L. 546/99, art. 2°) (§
046), (§
078),
(§
185) |
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| 4. |
¿Qué beneficios puede tener la existencia de
un sistema especializado de financiación de vivienda? |
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[§ 004] Poner a disposición del usuario
del crédito de vivienda una fuente de recursos
con condiciones especiales frente a otras líneas
de crédito, tales como tasa fija, plazo hasta de
treinta años, prohibición de capitalizar
intereses, prepagos totales o parciales sin sanción.
Adicionalmente, se busca que durante el plazo del préstamo
se mantenga estable la relación entre la cuota
mensual y la capacidad de pago de los deudores (especialmente
los asalariados), en la medida en que ambas se actualicen
con la inflación (L. 546/99, arts. 3° y 17)
(§
185) |
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| 5. |
¿Qué es un crédito de vivienda en Colombia? |
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[§ 005] Un crédito individual para
vivienda, corresponde al préstamo que ha sido entregado
a una o varias personas naturales, el cual puede tener
únicamente como destino final una de las siguientes
opciones:
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La compra de una vivienda nueva o usada. |
| - |
La construcción de una unidad habitacional. |
| - |
El mejoramiento de una unidad habitacional, siempre
y cuando se trate de Vivienda de Interés
Social VIS (Superbancaria, Circ. Ext. 85/2000)
(§
207) |
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| 6. |
¿Quiénes pueden otorgar créditos de vivienda
en Colombia? |
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| [§ 006] Pueden otorgar créditos de
vivienda en Colombia, denominados en moneda legal colombiana
o en unidades de valor real, UVR, bajo los lineamientos
de la Ley de Vivienda, los establecimientos de crédito,
las entidades del sector solidario, las asociaciones mutualistas
de ahorro y crédito, las cooperativas financieras,
los fondos de empleados, el Fondo Nacional de Ahorro y
cualquier otra entidad diferente de los establecimientos
de crédito, con las características y condiciones
que aprueben sus órganos de dirección (L.
546/99, art. 1°, par.) (§
185) |
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| 7. |
¿Qué se entiende por compra de vivienda nueva? |
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| [§ 007] Es el negocio jurídico por
el cual se obtiene, mediante la celebración y registro
de un contrato de compraventa, una unidad habitacional
que no ha sido habitada. |
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| 8. |
¿Qué se entiende por compra de vivienda usada? |
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| [§ 008] Es el negocio jurídico por
el cual se obtiene, mediante la celebración y registro
de un contrato de compraventa, una vivienda que ha sido
habitada anteriormente. |
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| 9. |
¿Qué se entiende por construcción de
una unidad habitacional? |
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| [§ 009] La construcción de una unidad
habitacional es el proceso por el cual una persona obtiene
su solución de vivienda mediante la edificación
de la misma en un lote de su propiedad. |
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| 10. |
¿En qué consiste el mejoramiento de una unidad
habitacional de vivienda de interés social? |
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[§ 010] Consiste en suplir una o varias
de las siguientes carencias básicas de una vivienda
de interés social propia:
| - |
Falta de redes y acometidas domiciliarias de acueducto
y alcantarillado. |
| - |
Inexistencia de baños y/o cocina. |
| - |
Deficiencias en la estructura principal, cimientos,
muros o cubierta. |
| - |
Existencia de pisos en tierra o en materiales
inapropiados. |
| - |
Construcción en materiales provisionales
tales como latas, tela asfáltica y madera
de desecho. |
| - |
Existencia de hacinamiento crítico, cuando
el hogar se habita en una vivienda con más
de tres personas por cuarto (incluyendo sala, comedor
y dormitorios) (D. 2620/2000, art. 21)
(§
124),
(§
196)
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| 11. |
¿Se considera crédito de vivienda todo préstamo
de dinero para la compra de un inmueble? |
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| [§ 011] No. Si se quiere comprar un inmueble
susceptible de ser habitado (como una casa o apartamento),
pero la destinación de dicho inmueble no va a ser
para vivienda, como puede ser el establecimiento de una
oficina, consultorio, negocio, etc., el crédito
que se obtenga para adquirirlo no sería susceptible
de calificarse como de "vivienda" y por lo tanto
no tendría derecho a obtener los beneficios de
los créditos señalados en la Ley de Vivienda
(L. 546/99, art. 17; Superbancaria Circ. Ext. 85/2000)
(§
185),
(§
207)
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| 12. |
¿Existía el crédito para vivienda antes
de la Ley de Vivienda? |
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| [§ 012] Antes de la Ley de Vivienda existía
el crédito hipotecario, a través del cual
se financiaba toda clase de inmuebles, pero éste
no tenía beneficios especiales obligatorios cuando
el inmueble era para vivienda. |
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